En principio, recibir una vivienda en herencia es un gran regalo. Pero hay que tener claro que ser el heredero no te convierte automáticamente en el propietario. De hecho, si no posees el ahorro necesario para hacer frente a los gastos que conlleva cambiar la propiedad de la casa, este legado puede convertirse en un regalo envenenado. Tanto es así que, por ejemplo, en 2018 hasta 46.679 herencias fueron rechazadas según datos del Consejo General del Notariado. ¿Cuáles son los pasos para adquirir legalmente una vivienda heredada?
- Obtener el certificado de defunción y el de últimas voluntades que emite el Registro General de Actos de Última Voluntad, dónde se expone a quién o quiénes deja el fallecido en herencia su vivienda.
- Formalizar la escritura de aceptaciónde la herencia. La firma se debe hacer ante notario. Si hay múltiples heredados se determinará el porcentaje que le corresponde a cada uno mientras que si solo hay uno será suficiente con firmar la llamada “instancia de aceptación”.
- Liquidar impuestos.Se debe abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en el plazo máximo de los seis meses posteriores al fallecimiento del propietario. Hay que tener en cuenta que, dependiendo de la comunidad autónoma en la que residiese el fallecido, el porcentaje a pagar varía considerablemente. Por otra parte, al ser un bien inmueble, los receptores de la herencia deben hacer frente a la plusvalía municipal, que es el Impuesto que grava el aumento de valor que ha tenido la propiedad desde que se adquirió hasta el momento de recibir la herencia.
- Cambio de titular en el Registro de la Propiedad. Se debe acudir a este organismo con los justificantes de la escritura de aceptación de la herencia y del pago de los impuestos para que el heredero sea reconocido como propietario legítimo de la vivienda.
Debido al desembolso que conlleva modificar la titularidad de una casa heredada, una gran parte de los españoles se decanta por su venta. En este sentido, es importante saber que, si pasa más de un año desde que el inmueble se registre a nombre del nuevo propietario, se volverá a generar la obligación de liquidar el impuesto de plusvalía municipal. Por lo tanto, si se está interesado en vender una casa heredada es aconsejable hacerlo dentro del año posterior a la adjudicación de la misma para evitar realizar el mismo pago dos años consecutivos.
Buenos días la casa en herencia está a nombre de mi abuelo,fallecido el 1951- somos varios herederos de los hijos de mi abuelo ya fallecidos que no cambiaron la titularidad en su día por lo que sigue a nombre de él yo estoy pagando la deuda del Ibis y el mantenimiento de la casa pero no vivo en ella está cerrada y quiero comprarla a mis primos que debo hacer?
Antes de nada, agradecerte la consulta realizada. Para poder ayudarte y darte una información precisa necesitamos conocer que documentación poséis de antemano, es decir, si hay o no testamento de alguno de los causantes, si habéis hecho algún documento de adjudicación de herencia, si hay titulo público de la propiedad en cuestión, etc. Por lo que te sugiero que te pongas en contacto telefónico o via mail para establecer una cita y poder darte un correcto asesoramiento. Recuerda que la primera consulta es totalmente gratuita.
Buenos días si hay testamento y también del año 1985 una sentencia de partición de la vivienda judicial dictada por un juez y elaborada por un repartidor pero por diferencias entre los hermanos no se llevó a cabo al fallecer los herederos nos encontramos con este problema gracias
Se podría promover una extinción del condominio, pero reitero, para un mejor asesoramiento, solicite una consulta con nosotros para así poder estudiar su caso con mayor precisión.
Puede solicitar cita a través del teléfono (+34) 659 406 141, o mediante un email a: info@sicofincas.com
Muchas gracias por la ayuda lo consultarle con mi familia un abrazo
Mis padres esan vivos, y me quieren dar la casa. My hermano dice que es mejor hacerlo en vida q luego t llegue herencia. Me podéis facilitar información de si esto es así?? Además d ello m gustaría saber q pasos tengo q dar para ello
hola, me gustaría si pudieran informarme. mi abuela falleció hace unos 11 o 12 años, su piso lo heredaron sus dos hijos, uno falleció hace unos años y pasó mí madre a ser propietaria del piso (por testamento) pero no ha cambiado la titularidad. se pagaron las plusvalías y los impuestos y todo lo que había que pagar. la duda es si en el momento que cambie nombre tendrá problemas o tendrá que pagar algo más.
espero nos puedan aclarar un poco el tema.
muchas gracias